TambiƩn castigarƔn a mƩdicos que incurran en esterilidad provocada y abandono a adultos mayores y mujeres embarazadas
Ciudad de Puebla, MĆ©xico.- Luego de la trĆ”gica muerte de varias personas a manos de un funcionario municipal que en estado de ebriedad volcĆ³ su unidad en la ProlongaciĆ³n de la Diagonal Defensores de la RepĆŗblica y casi el bulevar 18 de Noviembre, diputados locales tomaron la decisiĆ³n de incrementar las penas en contra de aquellos conductores que en estado de ebriedad causen la muerte de terceras personas.
En sesiĆ³n ordinaria virtual el Pleno de la LX Legislatura del Congreso del Estado aprobĆ³ por unanimidad reformas al tercer pĆ”rrafo el artĆculo 85 bis y el 86 del CĆ³digo Penal del Estado, con la intenciĆ³n de sancionar con la suspensiĆ³n o cancelaciĆ³n definitiva de la licencia para conducir vehĆculos expedida por cualquier instancia cuando la persona cometa homicidio en estado de ebriedad y que se aumente la sanciĆ³n en el caso de que el delito sea causado por el transporte pĆŗblico.
Las reformas en artĆculo 85 bis contemplan que se sancionarĆ” con la suspensiĆ³n o cancelaciĆ³n definitiva de la licencia para conducir vehĆculos expedida por cualquier instancia. En el caso de homicidio culposo, en que se actualice lo enunciado en la fracciĆ³n I del presente artĆculo, procederĆ” siempre la cancelaciĆ³n definitiva de la licencia para conducir vehĆculos expedida por cualquier instancia. En los demĆ”s casos la duraciĆ³n de la suspensiĆ³n podrĆ” ser de uno a 10 aƱos.
Mientras que el artĆculo 86 seƱala que cuando se cause homicidio por actos u omisiones culposos de quien realiza un servicio pĆŗblico de transporte, la sanciĆ³n serĆ” de seis a 15 aƱos de prisiĆ³n e inhabilitaciĆ³n de seis a 10 aƱos para transportar pasajeros.
Como parte de la discusiĆ³n, la presidenta de la ComisiĆ³n de ProcuraciĆ³n y AdministraciĆ³n de Justicia, la diputada MarĆa del Carmen Cabrera Camacho, recordĆ³ que este fin de semana ocurrieron accidentes que cobraron la vida de varias personas, por lo que se pronunciĆ³ a favor de endurecer las penas a quienes causen percances vehiculares y en estado de ebriedad y provoquen homicidio.
Por su parte la diputada Guadalupe MuciƱo MuƱoz, quien presentĆ³ la propuesta seƱalĆ³ que a quienes cometan en delito de homicidio en estado de ebriedad se les suspenda la licencia con la intenciĆ³n de genera conciencia entre los conductores para que sean responsables al frente del volante y en su caso sancionar a quienes cometan el delito.
Al hacer uso de la palabra el diputado Miguel Trujillo de Ita seƱalĆ³ que al consumir bebidas embriagantes se deterioran sentidos como la visiĆ³n y alteran comportamientos como el exceso de velocidad o la falta de uso de cinturĆ³n de seguridad que provocan accidentes en los que el conductor no siempre es la vĆctima por lo que se pronunciĆ³ a favor de aplicar penas, mientras que el diputado RaĆŗl Espinosa, se pronunciĆ³, ademĆ”s, a favor de que se aumenten las penas y se sancione este tipo de delitos causado por conductores, en tanto que el diputado HĆ©ctor Alonso Granados pidiĆ³ que estas reformas no se queden en letra muerta.
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IMPULSAN REFORMAS AL RESPONSABLE DE ESTERILIDAD PROVOCADA
En un momento diferente del orden del dĆa las y los diputados aprobaron, por mayorĆa de votos, reformas al artĆculo 343 Ter, y se adiciona el artĆculo 356 Bis al CĆ³digo Penal del Estado en el que se propone que al responsable de esterilidad provocada se le impondrĆ”n de 10 a 15 aƱos de prisiĆ³n y de 50 a 60 dĆas multa; ademĆ”s, de la suspensiĆ³n del empleo o profesiĆ³n por un plazo igual al de la pena de prisiĆ³n impuesta hasta la inhabilitaciĆ³n definitiva.
En tanto que el diputado Raymundo Atanacio Luna, quien propuso la iniciativa, a explicĆ³ que la violencia obstĆ©trica es toda acciĆ³n u omisiĆ³n por parte del personal mĆ©dico que daƱe, lastime, denigre, exhibe o cause la muerte a la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, asĆ como la negligencia en su atenciĆ³n mĆ©dica.
Al hacer el uso de la palabra la diputada Nancy JimĆ©nez Morales aumentar las sanciones a quienes cometen el delito de esterilidad provocada y tipificarlo como violencia obstĆ©trica, mientras que, la diputada Guadalupe EsquitĆn Lastiri celebrĆ³ la iniciativa para que los derechos de las mujeres sean reconocidas y mejorar los mecanismos jurĆdicos.
AVALAN SANCIONES AL QUE ABANDONE A UNA MUJER EMBARAZADA O ADULTOS MAYORES
En otro momento del orden del dĆa las y los diputados aprobaron por mayorĆa de votos, en los general, reformas a los artĆculos artĆculo 346 y se adiciona el artĆculo 346 Bis, al CĆ³digo Penal del Estado, que tiene la intenciĆ³n de sancionar a toda aquella persona que abandone a personas de grupos vulnerables como mujeres embarazadas, adultas mayores, enfermas o con discapacidad.
La reforma se aplicĆ³ al artĆculo 346 para quedar de la siguiente manera: āAl que abandone a una niƱa, niƱo o adolescente, incapaz de cuidarse a sĆ mismo, a una persona adulta mayor o a una persona enferma o con discapacidad, teniendo obligaciĆ³n de cuidarlos, se le impondrĆ” de tres meses a cinco aƱos de prisiĆ³n y se le privarĆ” de la patria potestad o de la tutelaā.
Y el artĆculo 346 Bis quedarĆa de la siguiente forma: āA quien embarace a una mujer y sin causa justificada incumpla las obligaciones de prestar asistencia y alimento, se le impondrĆ” de nueve meses a seis aƱos de prisiĆ³n ademĆ”s de la reparaciĆ³n del daƱo y el pago de alimentos para la hija o hijo. La sanciĆ³n se duplicarĆ” en caso de que en ese abandono surjan lesiones a la madre como al menor en gestaciĆ³nā.
Como parte de la discusiĆ³n, la presidenta de la ComisiĆ³n de ProcuraciĆ³n y AdministraciĆ³n de Justicia, la diputada MarĆa del Carmen Cabrera Camacho, reconociĆ³ la propuesta que tiene la intenciĆ³n de brindar protecciĆ³n jurĆdica a los grupos vulnerables y para que puedan salir de este estado de peligro, como las mujeres embarazadas, por lo que se requiere sancionar este tipo de conductas
Por su parte la diputada MĆ³nica Lara ChĆ”vez, quien propuso la iniciativa, expuso que cada vez es mĆ”s comĆŗn que las familias abandonen a las personas adultas mayores, cuyo acto no es denunciado, por lo que con esta reforma se velarĆ” porque los responsables reciban una sanciĆ³n; por otro lado, con relaciĆ³n a las mujeres embarazadas, precisĆ³ que el bebĆ© es responsabilidad de la pareja, sin embargo, muchos hombres no se hacen cargo, por lo que se podrĆ”n imponer penas.
En tanto que el diputado Miguel Trujillo de Ita y la legisladora Tonantzin FernĆ”ndez DĆaz, coincidieron en la propuesta toda vez que condenaron el acto de que una persona abandone a alguna persona en estado de vulnerabilidad como es el caso de las mujeres embarazadas o de adultos mayores.